La información que va a necesitar tu nuevo asesor variará en función del momento del año en que quieras llevar a cabo el cambio de asesoría.

No obstante, es aconsejable que sea él mismo quien te oriente en todo momento y te detalle la documentación que tienes que solicitarle a tu antigua asesoría según las características de tu negocio y la situación en la que se encuentre en el momento del cambio.

En cualquier caso, tu antigua asesoría deberá facilitarte como mínimo la siguiente documentación de los últimos 5 años:

  •   Declaraciones censales (modelo 036 o modelo 037).
  •   Declaraciones de IVA trimestrales y resúmenes anuales presentados.
  •   Declaraciones de IRPF (pagos fraccionados realizados, declaraciones de la renta, modelos 111 y 190, en caso de haber practicado retenciones a trabajadores o profesionales, modelo 115 y 180, en caso de haber alquilado locales de negocio sujetos a retención).
  •   Declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347).
  •   Libros de registro de facturas, así como balances y libro diario en el caso de pymes.
  •   Escrituras, contratos, nóminas, seguros sociales de trabajadores…
  •   Cuentas anuales del Registro Mercantil.
  •   Impuesto sobre Sociedades (modelo 200).
  •   Así como la copia de cualquier impuesto presentado.

Toda información adicional que ayude a entender mejor tu empresa propiciará un asesoramiento de mayor calidad y una minimización de posibles errores.

No estará de más que tu nueva asesoría realice una pequeña auditoría del trabajo realizado hasta el momento.

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